jueves, 22 de enero de 2015

Protección Jurídica del Software



La propiedad intelectual es la base del desarrollo en la actualidad y los gobiernos de cada país buscan que ésta sea respetada. Como se habló anteriormente, ésta permite que se respeta la autoría de las creaciones de las personas.
En cuanto al software, la protección que recibe varía en diferentes países, pudiendo estar protegida en base a los derechos de autor (Perú y Colombia) o en base a los derechos de patentes (EE.UU. y la Unión Europea).
La protección en base a los derechos de autor consta de los siguientes principios:

  • Obras literarias y artísticas
  • No interesa finalidad
  • Registro no constitutivo de derechos
  • Derechos morales y patrimoniales
  • Vida del autor + 80 años
Mientras que la protección en base a los derechos de patentes constan de los siguientes:

  • Nuevas creaciones, signos distintivos, secretos industriales y Protección contra la competencia desleal.
  • Finalidad Industrial
  • Registro constitutivo 
  • Duración de 10 a 20 años

Hay que aclarar que en cada país estos principios pueden variar, pero lo que queda claro es un software es técnicamente una invención y debería ser considerada en base a los derechos de patentes, el hecho de que esto no sea así muestra el nivel de protección exagerada que le dan a la propiedad intelectual, cosa que dificulta el desarrollo de nuevas tecnologías ya que las personas temen meterse en problemas legales.
En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor (D.Leg. 822).

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